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Internalización de los TES_ importante sentencia del TS (C-A) de 16 de enero de 2025

Esta sentencia del Tribunal Supremo tiene implicaciones importantes para los Técnicos en Emergencias Sanitarias (TES) en caso de que se produzca una reversión de la gestión del servicio de ambulancias de manos privadas a la administración pública. Aquí te resumo los puntos clave y cómo podrían afectar a los TES:

1. Personal subrogado como «laboral a extinguir»

  • Cuando la administración asume directamente un servicio previamente externalizado, los trabajadores de la empresa privada concesionaria que pasan a la administración no se convierten en empleados públicos fijos.
  • Se les reconoce como personal laboral a extinguir, es decir, mantienen sus contratos laborales pero sin derecho a consolidarse como funcionarios o estatutarios.
  • La relación laboral se mantiene hasta que se produzca una de las causas legales de extinción del contrato (jubilación, despido disciplinario, cierre de la actividad, etc.).

Implicación para los TES: Si la Junta de Andalucía o cualquier administración decide asumir la gestión del transporte sanitario en lugar de concesionarlo a empresas privadas, los TES subrogados quedarían en una situación similar a la de esta sentencia: seguirían trabajando bajo las mismas condiciones laborales, pero sin adquirir estabilidad como empleados públicos.


2. No hay alteración en condiciones laborales

  • El Tribunal Supremo reafirma que la subrogación no cambia las condiciones salariales ni de trabajo de los empleados.
  • No se requiere que los trabajadores pasen un proceso selectivo para seguir en sus puestos.
  • La administración puede contratar personal estatutario para cubrir vacantes, pero los subrogados no pueden acceder a esos puestos sin opositar.

Implicación para los TES:

  • Los TES que sean subrogados seguirían con su convenio y condiciones laborales previas.
  • Sin embargo, no tendrían los mismos derechos que los funcionarios o estatutarios, lo que podría afectar su estabilidad a largo plazo.
  • Esto genera incertidumbre sobre el futuro de estos trabajadores una vez se jubilen o sus puestos sean cubiertos por estatutarios.

3. No se infringe la Directiva Europea ni el Estatuto de los Trabajadores

  • El TS descarta que la figura de «personal a extinguir» viole la Directiva 2001/23/CE sobre derechos de los trabajadores en traspasos de empresa.
  • Tampoco considera que el Decreto valenciano que regulaba la reversión del servicio infrinja el Estatuto de los Trabajadores ni la Constitución.

Implicación para los TES:

  • Esta sentencia puede sentar precedente si en Andalucía o en otras regiones se plantea la internalización del transporte sanitario.
  • Los TES en empresas privadas que sean absorbidas por la administración deberían exigir garantías sobre sus derechos laborales y estabilidad futura.

Conclusión

La sentencia confirma que los trabajadores subrogados en estos procesos seguirán en su puesto con sus condiciones previas, pero sin consolidarse como empleados públicos. Para los TES, esto significa que si en el futuro la administración decide asumir la gestión del transporte sanitario, podrían quedar como personal a extinguir, sin garantía de estabilidad a largo plazo. PLATESA podría tomar esta sentencia como referencia para advertir sobre los riesgos de no contar con un marco claro para la internalización del servicio y defender una transición que garantice estabilidad laboral real para los TES.

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