Convenio del transporte sanitario: qué está vigente en España, qué ocurre en Andalucía y qué cambia en Cádiz

Fecha de actualización: 6 de mayo de 2026
Autoría: PLATESA, Asociación de Técnicos en Emergencias Sanitarias de Andalucía

Introducción

En las últimas semanas se están mezclando varias informaciones sobre el convenio del transporte sanitario. Se habla del final del IV Convenio andaluz, del nuevo periodo 2026-2030, de Cádiz, del convenio estatal, de la ultraactividad y de las posibles mejoras que deberían incorporarse en la negociación futura.

Desde PLATESA consideramos necesario aclarar la situación con rigor, porque no es lo mismo hablar del marco estatal, del convenio autonómico de Andalucía, de un convenio provincial, como el de Cádiz, o de un convenio de empresa.

Este artículo va dirigido a los TES de Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla, y tiene un objetivo claro: explicar qué está publicado oficialmente, qué se aplica hoy y qué debería exigirse en la nueva etapa del transporte sanitario en Andalucía.


1. Punto de partida: el TES es personal sanitario, no solo “conductor”

Antes de entrar en convenios, hay que recordar algo esencial. El título de Técnico en Emergencias Sanitarias está regulado por el Real Decreto 1397/2007, que establece el título oficial, de validez en todo el territorio nacional, con una duración de 2.000 horas y dentro de la familia profesional de Sanidad. Además, su competencia general incluye trasladar al paciente, prestar atención básica sanitaria y psicológica en el entorno prehospitalario, realizar teleoperación y teleasistencia sanitaria, y colaborar en planes de emergencia, dispositivos de riesgo previsible y logística sanitaria.

También el Real Decreto 836/2012 regula la dotación de personal de las ambulancias. En las ambulancias asistenciales de clase B, destinadas a soporte vital básico y atención sanitaria inicial, exige un conductor con título de Técnico en Emergencias Sanitarias y otro profesional en funciones de ayudante con la misma titulación mínima. En las ambulancias clase C, exige también la presencia de un TES o habilitado correspondiente, además del personal sanitario universitario previsto.

Por tanto, cualquier negociación colectiva del sector debe partir de una realidad profesional: el TES no es simplemente una persona que conduce una ambulancia. Es un profesional sanitario con funciones asistenciales, técnicas, logísticas y de coordinación.


2. Situación nacional: convenio estatal, laudo y jornada

A nivel estatal, el convenio publicado en el BOE en 2020 se presentó como un convenio general del sector del transporte sanitario. Su artículo 3 fijaba una estructura de negociación colectiva en varios niveles: convenio estatal, convenios de ámbito inferior, preferentemente autonómicos, y convenios de empresa. Además, señalaba que los convenios provinciales vigentes se intentarían integrar en convenios de ámbito autonómico.

Ese convenio estatal fijaba su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025 y preveía que, una vez finalizada su vigencia, continuaría rigiendo en su totalidad hasta ser sustituido por otro.

Ahora bien, aquí aparece un matiz muy importante. El BOE publicó en 2024 la sentencia relativa al convenio estatal, declarando su nulidad como convenio colectivo de eficacia general y señalando que constituye un acuerdo de eficacia limitada o extraestatutario, al no contar la organización sindical firmante con la representación necesaria para considerarlo convenio estatutario de eficacia general.

Además, el BOE publicó el laudo arbitral de 19 de julio de 2024 sobre jornada de trabajo en el sector. Ese laudo recuerda que la STS de 12 de marzo de 2024 declaró que el convenio estatal de 2020 era de eficacia limitada o extraestatutaria, y aborda la cuestión de la jornada, las guardias, el tiempo efectivo de trabajo y la aplicación de determinados criterios jurisprudenciales al transporte sanitario.

Qué significa esto para los TES

A nivel nacional, hay tres ideas clave:

  1. Existe un marco estatal publicado, pero su eficacia jurídica debe analizarse con cautela por la sentencia y el laudo publicados en el BOE.
  2. La cuestión de la jornada es una de las materias más sensibles del sector.
  3. Los convenios autonómicos, provinciales y de empresa deben leerse teniendo en cuenta ese marco estatal, pero sin confundirlo con un convenio autonómico andaluz nuevo.

3. Situación en Andalucía: el IV Convenio sigue vigente por ultraactividad

En Andalucía, el texto de referencia sigue siendo el IV Convenio Colectivo de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el sector de las empresas de transporte de personas enfermas y accidentadas en ambulancias, publicado en el BOJA el 16 de diciembre de 2020. El propio texto indica que corresponde a los años 2020, 2021, 2022, 2023, 2024 y 2025.

El artículo 3 del IV Convenio andaluz establece una vigencia desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2025.

Pero el artículo 4 es el punto decisivo: el convenio queda automáticamente denunciado al finalizar, pero para evitar el vacío normativo continúa rigiendo en su totalidad, tanto en su contenido normativo como obligacional, hasta que sea sustituido por otro.

Traducción práctica

Esto significa que, a día de hoy, el IV Convenio andaluz no ha desaparecido. Ha terminado su vigencia inicial, pero sigue aplicándose por ultraactividad.

Por tanto, la situación correcta es esta:

ÁmbitoEstado actualAplicación práctica
AndalucíaIV Convenio 2020-2025 en ultraactividadSigue siendo el texto aplicable hasta que se publique un nuevo convenio autonómico.
Nuevo convenio andaluz 2026-2030No consta publicado como convenio autonómico en las fuentes oficiales revisadasNo debe presentarse como vigente para toda Andalucía.
Provincias andaluzasPuede haber convenios provinciales o acuerdos específicosDeben analizarse caso por caso.
EmpresasPuede haber convenios de empresaNo sustituyen automáticamente al convenio autonómico para todo el sector.

4. Prelación de normas en Andalucía: qué dice el propio convenio andaluz

El IV Convenio andaluz también regula su relación con otros niveles de negociación. En su artículo 5 establece que, en lo no previsto por el convenio andaluz, se aplicará el convenio estatal y/o la normativa laboral vigente. Además, indica que la negociación de ámbito inferior, incluida la de empresa, no debería contradecir los mínimos dispuestos en la negociación sectorial.

Esto es importante porque impide una lectura interesada del sistema. No se puede utilizar la fragmentación provincial o empresarial para rebajar condiciones generales. Y, al mismo tiempo, tampoco se puede vender como autonómico algo que solo está publicado para una provincia concreta o para una empresa determinada.


5. Qué ocurre en Cádiz: aquí sí hay convenio 2026-2030 publicado

El caso de Cádiz es distinto. En el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz se publicó el convenio colectivo del transporte sanitario de la provincia de Cádiz con una duración de cinco años, desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2030.

Por tanto, cuando se habla de 2026-2030, hay que precisar muy bien que, con la documentación oficial revisada, ese periodo corresponde al convenio provincial de Cádiz, no a un nuevo convenio autonómico andaluz publicado.

Cambios económicos publicados en Cádiz

El nuevo convenio de Cádiz establece incrementos salariales para los años 2026 a 2030. El texto publicado recoge una subida del 2 % para 2026, con cláusula de revisión salarial a 31 de diciembre de 2026 si el IPC nacional resultara superior, y subidas consolidadas del 5 % para 2027, 2028 y 2029, y del 5,5 % para 2030.

AñoIncremento previsto en Cádiz
20262 %, con revisión si el IPC nacional supera ese porcentaje
20275 %
20285 %
20295 %
20305,5 %

Además, el convenio gaditano fija un plus de transporte de 7,75 euros por día durante 335 días al año y regula la nocturnidad. Para las horas nocturnas, establece un incremento del 10 % del salario base mensual por hora trabajada durante 2026, 2027 y 2028, y del 15 % durante 2029 y 2030.


6. Cádiz venía de una modificación salarial 2021-2025

Antes del nuevo convenio 2026-2030, Cádiz ya tenía una modificación salarial publicada en el BOP de 11 de mayo de 2022, referida a los ejercicios 2021 a 2025. Esa modificación recogía incrementos del 1 % para 2021, 2,5 % para 2022, 2 % para 2023, 2 % para 2024 y 5 % para 2025.

El acuerdo de 2022 establecía que el aumento de 2025 sería del 5 % para todos los conceptos salariales consolidables, con pago en julio de 2025 y devengo retroactivo desde el 1 de enero de 2025.

Comparativa Cádiz 2021-2025 frente a Cádiz 2026-2030

MateriaModificación Cádiz 2021-2025Nuevo convenio Cádiz 2026-2030
NaturalezaModificación de convenio sobre revisión salarialConvenio colectivo provincial completo
Vigencia económica2021 a 20252026 a 2030
Incremento 20211 %No aplica
Incremento 20222,5 %No aplica
Incremento 20232 %, con revisión si procedeNo aplica
Incremento 20242 %, con revisión si procedeNo aplica
Incremento 20255 %, consolidable y retroactivo desde 01/01/2025No aplica
Incremento 2026No incluido2 %, con revisión si IPC nacional superior
Incremento 2027No incluido5 %
Incremento 2028No incluido5 %
Incremento 2029No incluido5 %
Incremento 2030No incluido5,5 %
Plus transporteSegún tablas anteriores7,75 €/día durante 335 días
NocturnidadSegún regulación anterior10 % en 2026-2028 y 15 % en 2029-2030

7. Lo que ya se ha tomado como cambio real

Con fuentes oficiales en la mano, los cambios reales y publicados son los siguientes:

A nivel estatal

Se ha publicado una sentencia y un laudo que obligan a mirar con mucho cuidado el convenio estatal de 2020 y, especialmente, la materia de jornada. El BOE recoge que ese convenio estatal fue declarado de eficacia limitada o extraestatutaria, y el laudo de 2024 aborda la jornada en el transporte sanitario.

A nivel andaluz

El IV Convenio autonómico ha terminado su vigencia inicial, pero continúa aplicándose por ultraactividad. No hay que presentar la finalización del 31 de diciembre de 2025 como si hubiera desaparecido el convenio. Sigue aplicándose hasta que se publique otro que lo sustituya.

A nivel de Cádiz

Cádiz sí cuenta con un nuevo convenio provincial 2026-2030 publicado oficialmente. Sus principales cambios son los incrementos salariales anuales, la revisión de 2026 vinculada al IPC si supera el 2 %, el plus de transporte, la regulación de nocturnidad y las tablas salariales anexas.


8. Lo que no debe confundirse

Desde PLATESA consideramos fundamental evitar tres errores:

Error 1: decir que ya existe un convenio andaluz 2026-2030

No debe afirmarse que Andalucía tiene ya un nuevo convenio autonómico 2026-2030 si lo que se está citando realmente es el convenio provincial de Cádiz.

Error 2: aplicar automáticamente a toda Andalucía lo publicado en Cádiz

Las mejoras de Cádiz son relevantes y pueden servir como referencia, pero no se aplican automáticamente a todos los TES de Andalucía.

Error 3: olvidar la ultraactividad

El IV Convenio andaluz sigue vigente por ultraactividad. Por tanto, las empresas no pueden actuar como si el sector hubiera quedado sin marco convencional desde el 1 de enero de 2026.


9. Qué debería tomar Andalucía como referencia para el V Convenio

La negociación del próximo convenio andaluz debería partir de una idea básica: si Cádiz ha podido fijar un marco 2026-2030 con mejoras salariales y conceptos revisados, Andalucía debe aspirar a un convenio autonómico sólido, homogéneo y suficientemente ambicioso.

Desde PLATESA entendemos que el V Convenio andaluz debería incorporar, como mínimo, las siguientes líneas:

1. Tablas salariales 2026-2030 claras y actualizadas

Andalucía no puede entrar en una nueva etapa con salarios congelados o desfasados. Deben fijarse tablas por anualidad, con incrementos consolidados y no meramente simbólicos.

2. Cláusula de revisión salarial ligada al IPC

La pérdida de poder adquisitivo ha sido uno de los grandes problemas del sector. Una cláusula de revisión real evitaría que los TES vuelvan a quedar por detrás del coste de la vida.

3. Regulación seria de jornada, guardias y tiempo efectivo

La jornada debe adaptarse a la doctrina judicial, al laudo estatal y a la realidad del trabajo en ambulancias. No se puede seguir tratando la disponibilidad, las guardias y los tiempos de presencia como si no tuvieran impacto directo en la salud laboral.

4. Mejora de nocturnidad, festivos y fines de semana

La nocturnidad, los festivos, los fines de semana, Navidad y Semana Santa deben retribuirse de forma proporcionada al sacrificio personal y familiar que soportan los TES.

5. Plus de transporte y dietas revisadas

El sector exige movilidad constante, cambios de base, desplazamientos y condiciones operativas que deben reflejarse correctamente en los conceptos extrasalariales.

6. Subrogación con garantías reales

La subrogación no puede ser solo una frase en el convenio. Debe protegerse al trabajador cuando cambian las adjudicatarias, evitando pérdida de derechos, errores en la transmisión de información, deudas salariales o cambios de condiciones.

7. Protección frente a licitaciones insuficientes

Las administraciones deben presupuestar los contratos teniendo en cuenta los costes laborales reales. Un contrato público mal calculado termina presionando las condiciones de los trabajadores. El propio convenio estatal ya recogía el compromiso de instar a las administraciones a verificar que la dotación económica de los concursos públicos fuera suficiente para cumplir las obligaciones laborales.

8. Reconocimiento profesional del TES

El convenio debe reconocer la verdadera naturaleza sanitaria del TES. No puede seguir tratándose a una profesión sanitaria como si fuera una actividad auxiliar de transporte.


10. Qué debería exigir PLATESA en esta nueva etapa

PLATESA debe defender una posición clara:

El nuevo convenio andaluz debe evitar la fragmentación del sector, elevar las mejoras provinciales al marco autonómico, garantizar salarios dignos, ordenar la jornada conforme a la doctrina más reciente y reconocer al TES como profesional sanitario esencial dentro del sistema de emergencias y transporte sanitario.

Esto afecta a todos los TES de Andalucía: Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla. Si cada provincia avanza por separado, el resultado será desigualdad territorial. Si Andalucía negocia un marco autonómico fuerte, el sector tendrá más fuerza frente a las empresas adjudicatarias y frente a la Administración.


11. Conclusión

La situación actual puede resumirse así:

NivelSituación real
NacionalExiste convenio estatal publicado, pero con importantes matices jurídicos tras sentencia y laudo publicados en BOE.
AndalucíaEl IV Convenio 2020-2025 sigue vigente por ultraactividad hasta que sea sustituido.
CádizSí existe un nuevo convenio provincial 2026-2030 publicado oficialmente.
Resto de AndalucíaNo debe darse por aplicado automáticamente lo pactado en Cádiz.
Próximo objetivoV Convenio andaluz con mejoras homogéneas, salarios actualizados, jornada clara y reconocimiento profesional real.

El transporte sanitario no puede seguir avanzando a base de parches provinciales, convenios de empresa o interpretaciones interesadas. Andalucía necesita un marco autonómico actualizado, fuerte y justo.

Y para eso es imprescindible que los TES estén informados, organizados y unidos.

Desde PLATESA seguiremos revisando las fuentes oficiales, publicando actualizaciones y defendiendo que la voz de los Técnicos en Emergencias Sanitarias de Andalucía se escuche donde se toman las decisiones.


Fuentes oficiales consultadas

  1. BOJA, IV Convenio Colectivo de Andalucía para empresas y personas trabajadoras del transporte sanitario de personas enfermas y accidentadas en ambulancias, publicado el 16 de diciembre de 2020.
  2. BOE, Convenio estatal del transporte sanitario publicado en 2020.
  3. BOE, sentencia relativa a la eficacia limitada o extraestatutaria del convenio estatal.
  4. BOE, laudo arbitral de 19 de julio de 2024 sobre jornada en el transporte sanitario.
  5. BOP Cádiz, modificación salarial 2021-2025 del convenio provincial.
  6. BOP Cádiz, convenio colectivo provincial del transporte sanitario 2026-2030.
  7. BOE, Real Decreto 1397/2007, título de Técnico en Emergencias Sanitarias.
  8. BOE, Real Decreto 836/2012, características técnicas, equipamiento sanitario y dotación de personal de vehículos de transporte sanitario.

Validación final

  • Fecha revisada: miércoles, 6 de mayo de 2026.
  • No se ha tratado el convenio de Cádiz como convenio autonómico.
  • Se distingue entre ámbito estatal, autonómico andaluz, provincial y de empresa.
  • Se confirma que el IV Convenio andaluz sigue aplicándose por ultraactividad.
  • Se confirma que Cádiz sí tiene convenio provincial 2026-2030 publicado.
  • Se evita afirmar como vigente para toda Andalucía una mejora que solo consta publicada en Cádiz.

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