El derecho de petición es un derecho fundamental que consiste en la facultad de que toda persona física o jurídica pueda dirigirse a los poderes públicos para trasladarles hechos o situaciones y para reclamar su intervención.
Las peticiones podrán versar sobre cualquier asunto o materia comprendido en el ámbito de competencias del destinatario, con independencia de que afecten exclusivamente al peticionario o sean de interés colectivo o general.
No son objeto de este derecho aquellas solicitudes, quejas o sugerencias para cuya satisfacción el ordenamiento jurídico establezca un procedimiento específico.La petición no es una reclamación en vía administrativa, ni un recurso ni una denuncia.
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25026.html