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title: Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
description: "La transparencia es inherente a la democracia y constituye una pieza fundamental para el establecimiento de una sociedad democrática avanzada, que es uno de los objetivos proclamados en el preámbulo de nuestra carta magna. [https://www.juntadeandalucia.es/boja/2014/124/](https://www.juntadeandalucia.es/boja/2014/124/) [https://www.boe.es/buscar/pdf/2014/BOE-A-2014-7534-consolidado.pdf](https://www.boe.es/buscar/pdf/2014/BOE-A-2014-7534-consolidado.pdf) Artículo 7. Derechos. Se…"
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updated: "2023-05-16"
category: CONTRATACION
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# Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.

La transparencia es inherente a la democracia y constituye una pieza fundamental para el establecimiento de una sociedad democrática avanzada, que es uno de los objetivos proclamados en el preámbulo de nuestra carta magna.

[https://www.juntadeandalucia.es/boja/2014/124/](https://www.juntadeandalucia.es/boja/2014/124/)

[https://www.boe.es/buscar/pdf/2014/BOE-A-2014-7534-consolidado.pdf](https://www.boe.es/buscar/pdf/2014/BOE-A-2014-7534-consolidado.pdf)

Artículo 7. Derechos.
Se reconocen los siguientes derechos:
a) Derecho a la publicidad activa. Consiste en el derecho de cualquier persona a que los poderes públicos publiquen, en cumplimiento de la presente ley, de forma periódica y actualizada, la información veraz cuyo conocimiento sea relevante para garantizar la transparencia de su actividad relacionada con el funcionamiento y control de la actuación pública.

b) Derecho de acceso a la información pública. Consiste en el derecho de cualquier persona a acceder, en los términos previstos en esta ley, a los contenidos o documentos que obren en poder de cualesquiera de las personas y entidades incluidas en el ámbito de aplicación de la presente ley y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.
c) Derecho a obtener una resolución motivada. Consiste en el derecho de la persona solicitante a que sean motivadas las resoluciones que inadmitan a trámite la solicitud de acceso, que denieguen el acceso, que concedan el acceso tanto parcial como a través de una modalidad distinta a la solicitada, así como las que permitan el acceso cuando haya habido oposición de una tercera persona interesada.
d) Derecho al uso de la información obtenida. Consiste en el derecho a utilizar la
información obtenida sin necesidad de autorización previa y sin más limitaciones de las que deriven de esta u otras leyes.

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